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PRESENTAN PROYECTO DE LEY PARA RETIRAR EL 100% DE FONDOS DE LAS AFP

  Se trata del Proyecto de Ley N° 00929/2021-CR, cuyo autor es el congresista Roberto Kamiche. La propuesta plantea que los aportantes pueda...

 


Se trata del Proyecto de Ley N° 00929/2021-CR, cuyo autor es el congresista Roberto Kamiche. La propuesta plantea que los aportantes puedan disponer de hasta el 100% del saldo que tengan en sus fondos.

El proyecto; que ya se encuentra en las comisiones de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera; y de Constitución y Reglamento; cuenta con las firmas de los parlamentarios Jorge Coayla, Elías Varas, Flavio Cruz, Jhakeline Ugarte, Waldemar Cerrón, e incluso de la actual ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Betssy Chávez, quien también pertenece a la bancada oficialista.

Según los congresistas, la propuesta pretende beneficiar a los titulares de las cuentas individuales de capitalización (CIC) que, luego de haber retirado los montos dispuestos por la Ley N° 31192 (es decir, hasta 4 UIT o S/ 17,600 en 2021), tienen saldos que ya no serán suficientes para acceder a una pensión pero que sí para afrontar la crisis económica.

De ser aprobado en las referidas comisiones, el dictamen deberá ser debatido y votado en el Pleno del Congreso y finalmente promulgado por el Poder Ejecutivo para su entrada en vigencia y que se pueda acceder a los fondos.

Dato

Se propone que la entrega del 100% de los fondos se realice en una sola armada a los 30 días calendarios de presentada la solicitud ante la AFP. El plazo para presentar la solicitud de devolución del saldo será de 60 días, contados a partir de la publicación de la ley.

Según se indica, uno de los requisitos es haber accedido al retiro de fondos de las AFP aprobado previamente bajo Ley N° 31192.

Como se recuerda, el retiro permitido con la Ley N° 31192 era de hasta S/ 17,600 para todos los afiliados, excluyendo solo a quienes acceden al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA) y a los actuales pensionistas del Sistema Privado de Pensiones.

Asimismo, el dinero retirado tendrá condición de intangible; es decir, no puede ser objeto de descuento, compensación legal, embargo, retención, o cualquier forma de afectación sea por orden judicial o administrativa.







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