(Foto Andina) El Tribunal Constitucional ha desestimado la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que permite ...
El Tribunal Constitucional ha
desestimado la demanda de inconstitucionalidad contra la ley que permite a la
presidenta de la República gobernar de forma remota cuando se encuentra fuera
del país, siempre y cuando cuente con autorización del Congreso y no haya
vicepresidentes disponibles.
Según la sentencia, esta ley
simplemente habilita la opción de que el presidente pueda mantener la gestión
del despacho presidencial en circunstancias excepcionales, como viajes al
exterior, aprovechando el desarrollo tecnológico de plataformas telemáticas que
permiten la interacción remota.
El Tribunal destacó que el marco
constitucional no contempla la situación en la que no haya vicepresidente, por
lo que esta medida no contraviene la Constitución. Además, considera que el uso
de tecnologías digitales para este fin, siempre que se garantice la seguridad
informática, no va en contra de la Norma Fundamental.
También afirmó que es competencia
del Parlamento evaluar cada caso particular y que la exigencia de que el Poder
Ejecutivo justifique la necesidad de la gestión remota del despacho ante el
Congreso no es inconstitucional, siempre y cuando este último tenga la
autoridad para autorizar los viajes presidenciales.