El gobierno peruano ha promulgado la Ley Nº 32123, que moderniza el Sistema Previsional Peruano. Entre las medidas más destacadas se encue...
El gobierno peruano ha promulgado la Ley Nº 32123, que moderniza el Sistema
Previsional Peruano. Entre las medidas más destacadas se encuentra la
introducción de una pensión mínima de S/600 y la afiliación obligatoria a los
sistemas de pensiones para todos los mayores de 18 años. Esta reforma incorpora
un novedoso mecanismo llamado "pensión por consumo", donde el 1% de
las compras formales de los afiliados se destina a su fondo previsional.
La reforma, que unifica el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema
Privado de Pensiones (SPP), se estructura en cuatro pilares: contributivo,
semicontributivo, no contributivo y voluntario. Cada uno está diseñado para
captar aportes según el perfil del afiliado, desde aquellos que nunca han
contribuido, como los beneficiarios de Pensión 65, hasta los que buscan
aumentar su jubilación con aportes adicionales voluntarios.
Una de las novedades de la ley es la posibilidad de amortizar créditos
hipotecarios utilizando los fondos de las pensiones, aunque se prohíben nuevos
retiros anticipados de las AFP. Este punto generó controversia durante su
debate en el Congreso, especialmente en la Comisión de Economía, que discutió
sobre los posibles efectos negativos de restringir los retiros extraordinarios
que se han permitido en el pasado.
La ley también abre la participación de bancos, cajas municipales y
financieras para la administración de aportes, eliminando el monopolio que
tenían las AFP en la gestión del Sistema Privado de Pensiones. Además, los
trabajadores independientes están obligados a aportar a un fondo previsional,
medida que fue impulsada principalmente por la bancada de Fuerza Popular en el
Congreso.