El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, promulgó una ley que impone cadena perpetua a los miembros de las Fuerzas Armadas y de l...
El presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, promulgó una ley que impone cadena perpetua a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que colaboren con bandas u organizaciones criminales y participen, aprovechando su cargo, en hechos que ocasionen la muerte de una persona.
La norma también modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal para precisar qué se considera un delito de función y fortalecer la jurisdicción militar policial. La promulgación fue realizada por el Congreso luego de que la Presidencia de la República no la aprobara dentro del plazo establecido por la Constitución.
Asimismo, la ley establece que un militar o policía no podrá ser procesado de manera simultánea en la justicia ordinaria y en la justicia militar policial por los mismos hechos y con los mismos investigados. En caso de existir un conflicto de competencia, será la Sala Penal de la Corte Suprema la encargada de decidir qué jurisdicción debe asumir el proceso.
Finalmente, la norma dispone que la jurisdicción militar policial tendrá preferencia cuando los presuntos delitos sean cometidos por personal en actividad durante el cumplimiento de sus funciones, acciones militares, actos de servicio o estados de emergencia, siempre que los hechos afecten bienes jurídicos relacionados con la organización, operatividad o funciones de las Fuerzas Armadas o de la Policía Nacional del Perú.
.png)




