El Ministerio de Vivienda publicó el proyecto de reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social (Ley N.° 32379), el cual propone que l...
El Ministerio de Vivienda publicó el proyecto de reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social (Ley N.° 32379), el cual propone que las viviendas adquiridas con subsidios del Estado no puedan venderse, transferirse ni alquilarse durante un periodo de cinco años.
De acuerdo con la propuesta, el plazo empezará a contarse desde la inscripción de la compraventa en la Sunarp. Durante ese tiempo, el beneficiario deberá vivir de manera exclusiva en la vivienda, no podrá alquilarla a terceros ni transferir su propiedad. La única excepción será constituir garantías para acceder a créditos destinados a ampliar, mejorar o remodelar el inmueble.
El proyecto también establece sanciones para quienes incumplan estas condiciones. Entre ellas, perderán el derecho a acceder nuevamente a programas habitacionales del Estado, dejarán de recibir los beneficios de tasas preferenciales y deberán devolver el monto total del subsidio recibido, junto con los intereses legales generados.
Las medidas alcanzarían a los beneficiarios del Bono Habitacional Familiar (BHF) del programa Techo Propio y del Bono del Buen Pagador (BBP) del programa Nuevo Crédito Mivivienda, ambos destinados a facilitar el acceso a viviendas de interés social.
El proyecto permanecerá en consulta pública durante 15 días, periodo en el que ciudadanos e instituciones podrán presentar observaciones y propuestas antes de la aprobación definitiva del reglamento.
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