Representantes de la ejecutora, el gerente general regional actual y anterior fueron denunciados por la procuradur...
Representantes de la ejecutora, el
gerente general regional actual y anterior fueron denunciados por la
procuraduría pública anticorrupción por irregularidades en las adendas 1, 2 y 6.
Tres adendas (1,2 y 6) firmadas entre el Gobierno Regional de
Tacna (GRT) y el Consorcio Salud Tacna fueron observadas por la Procuraduría
Pública Anticorrupción (PPA) por ser concebidas presuntamente de manera
irregular.
Fueron denunciados por delito contra la administración
pública en la modalidad de colusión desleal en
agravio del estado a través del GRT, los representantes del Consorcio Salud
Tacna, Edison García Poma, Martín Felipe Velayos Arredondo y Gustavo Raúl Salas
Ortiz, así también Eddy Huarachi Chuquimia, gerente general del GRT y su
antecesor Kilber García Del Águila, y los que resulten responsables.
La
adenda nro. 01 y nro.02 fueron suscritas entre Kilber García Del Águila, en
calidad de gerente del GRT (gestión Omar Jiménez) y los representantes comunes
del Consorcio Salud Tacna, Edison García Poma y Martín Felipe Velayos Arredondo.
La
adenda nro. 06 fue suscrita por el gerente general del GRT, Eddy Huarachi
Chuquimia (gestión Juan Tonconi) y los representantes comunes del Consorcio
Salud Tacna, Gustavo Raúl Salas Ortiz y Martín Felipe Velayo Arredondo.
Adenda nro.01 -
15 de julio de 2016
Según la denuncia ingresada el 12 de setiembre al Ministerio
Público por la PPA, la observación hecha a esta adenda consistente en que:
Se
ha modificado el contrato original estableciéndose como nueva disposición
contractual que no se computara el plazo del contrato cuando la entidad
disponga la intervención de la DIGIEM, y/o otra entidad
competente a efecto de la evaluación del expediente técnico, ello aparentemente
con la intención de que la empresa contratista no incurra en retraso por dicho
periodo y por ende no se le aplique las penalidades por dicho motivo.
Se habría contravenido el deber de neutralidad e infracción de la prohibición de procurar un
beneficio para tercero por haberse actuado de manera parcializada en contra de
los intereses del Estado suscribiendo una adenda
que da lugar al otorgamiento de un beneficio ilegal a favor de la empresa
contratista para el no pago de las penalidades.
Adenda nro. 02 -
11 de octubre de 2016
Resultaría lesiva para los intereses del GRT, ya que se modifica los términos originalmente
pactados para que el Consorcio pueda acceder al cobro de
adelantos por plan de contingencia, cuando el contrato original
señalaba que mientras no tenga la aprobación del expediente técnico con todos
sus componentes de ejecución no podía acceder a ningún pago por adelantos.
Además, el expediente técnico de aprobación del plan de
contingencia fue aprobado el mismo día de la adenda, mediante resolución
gerencia regional nro. 483-2016-GGR/GOB.REG.TACNA del 11 de octubre de 2016, lo
que haría ver la existencia de acuerdos previos (concertación) entre los funcionarios de la
entidad, el contratista y el supervisor, ya que sin que exista
adenda que faculte realizar este tipo de acciones ya se había generado el
expediente técnico del plan de contingencia y además ya se había emitido los
informes técnicos y legales favorables.
Así también, que el expediente técnico recién fue aprobado con
resolución general regional nro. 512-2017-GGR/GOB.REG.TACNA del 29 de noviembre
de 2017, es decir un año después de la aprobación del expediente técnico
definitivo.
La denuncia también menciona que, se pacta que la adenda surte
efectos retroactivamente a partir del 5 de setiembre de 2016, lo que denotaría
el interés y la concertación entre los funcionarios y Contratista quien ya
tenía casi listo el expediente técnico para el plan de contingencia sin que se
lo permita el contrato.
Adenda nro. 06 -
28 de febrero de 2019
Además,
se gestionó y aprobó dicha adenda en 48 horas, la misma que modifica el cronograma de ejecución de
obra, calendario de obra, valorizada y cronograma de adquisición de materiales
e insumos- PERT CPM aprobado con el expediente técnico,
presentado por el Consorcio Salud Tacna.
Se advierte una extraña celeridad en la tramitación de
dicha adenda. La solicitud del consorcio se presenta el 20 de
febrero de 2019 al GRT y el 27 de febrero de 2019 el consorcio formula opinión
al GRT y el 28 de febrero de 2019 se aprueba la suscripción de dicha adenda (se
aprobó en dos días).
Esto podría perjudicar económicamente al GRT por cuanto las
probables penalidades por atrasos atribuidos al Consorcio Salud Tacna no se
podrían aplicar por ya no existir los plazos señalados originalmente en el PERT
CPM del expediente técnico.
Siendo
así, la denuncia infiere que, en tanto Kilber García, en su calidad de ex
gerente general del GRT (gestión Omar Jiménez) y su sucesor Eddy Huarachi
(gestión Juan Tonconi), se habría coludido con los representantes comunes del
Consorcio Salud Tacna, Edison García Poma y Martín Felipe Velayos Arredondo
para suscribir las adendas nro. 01, nro.02 y nro.06.
De igual forma, la denuncia advierte incumplimiento de plazo de
ejecución de obra
El
monto que se ha amortizado es de 29, 231,797.16 soles quedando un saldo
pendiente por amortizar de 90, 493,849,89 soles, equivalente al 75.58% lo cual
permite inferir que no se cumplirá con la ejecución de la obra en el plazo
establecido para el 27 de julio.
Teniendo
en cuenta el avance físico (20.64%) y financiero (62.25%), a julio de 2019,
el contratista Consorcio Salud Tacna, no ha venido cumpliendo con los plazos
que el mismo Consorcio estableció con su expediente técnico, modificado con la
adenda nro. 06.
La procuraduría solicitó que sean llamados a declarar los
consejeros miembros de la comisión ordinaria de infraestructura del consejo
regional, Jesús Chambi Flores, Arnold Condori Cutipa y Jhony Copaja Aguilar, a
fin de que brinden alcances sobre lo denuncia que plasmaran en el informe nro.
01-20119-COI/GOB.REG.TACNA del 19 de julio 2019.
Así
también, sea recabado el testimonio de la coordinadora de obra Elvira Calla
Aquise, director regional de asesoría jurídica, Luis Valdivia Salazar; gerente
regional de infraestructura, Mario Rafael Mamani; director ejecutivo de
supervisión Rene Chura Huiza; especialista- coordinación, German Berrio Córdova
y el jefe de supervisión, Dante Vinces Vélez, para que declaren sobre los
hechos denunciados, el no cobro de penalidades, razones y motivos de
retraso en la ejecución del proyecto y si advirtieron la existencia de una mala
planificación en la programación de la ejecución de la obra (como así se
reconoce en la resolución general regional nro. 039-2019 del 28 de febrero de
2019, suscrita por el gerente general Eddy Huarachi.)