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REMUNERARÁN A PERSONAS QUE MUESTREN EFECTOS ADVERSOS GRAVES A VACUNA CONTRA COVID 19

    Será el Ministerio de Salud (Minsa) el encargado de indemnizar a las personas que luego de vacunarse presenten eventos adversos graves p...


 
Será el Ministerio de Salud (Minsa) el encargado de indemnizar a las personas que luego de vacunarse presenten eventos adversos graves por la vacuna COVID – 19, incluso el monto llegaría a ser igual a un sueldo mínimo.

A través del Decreto de Urgencia N° 031-2021, el cual fue publicado en la edición extraordinaria de El Peruano, la entidad estableció una indemnización a todos aquellos que muestren Efectos Supuestamente Atribuido a la Vacunación o Inmunización (ESAVI) graves y hayan sido vacunados con las dosis adquiridas por el Gobierno.

Para que lleve a cabo esta medida, Minsa organizará un comité que se encargue de elaborar informe que determine la existencia o inexistencia entre el evento severo y algunas de las vacunas. A pesar, que en nuestro país aún no habido casos de personas vacunadas que hayan tenido efectos adversos graves vinculadas a la vacunación.

Además, el informe no es susceptible de impugnación administrativa alguna. Sin embargo, el titular del derecho de acción podría interponer la acción contencioso – administrativa ante el Poder Judicial en caso de verse afectado por el resultado de este documento.

A su vez, este informe determinará si la persona afectada tiene derecho a “la continuidad de la cobertura por la Institución Administradora de Fondo de Aseguramiento en Salud (IAFA) pública al que estuviera afiliada, o por la IAFA privada, según el marco normativo vigente. Las personas que no cuentan con un seguro de salud son afiliadas inmediatamente al Seguro Integral de Salud (SIS).”

Asimismo, este pago de la indemnización lo determinará los órganos que establezca el ministro de Salud como primera y segunda instancia administrativa. Por lo que, el momento será calculado sobre el 100% de la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente, el cual es de S/ 930, en estos momentos.

Por último, esta norma indica que la indemnización otorgada no es excluyente de cualquier otra prestación económica a la pueda acceder la persona afectada.

El Poder Ejecutivo emitirá en un plazo no mayor de 60 días calendarios medidas complementarias para una mejor aplicación de lo dispuesto en el presente decreto de urgencia, el cual tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2022.


Tacna