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SANTOS SILVA: “NO SE PUEDE EJERCER EL CARGO DE GOBERNADOR REGIONAL DESDE UNA PROPIEDAD PRIVADA, ES ILEGAL”

  Como se recuerda, la Sala Penal revocó la cesación de detención domiciliaria que pesa contra el gobernador regional de Tacna Luis Torres...

 


Como se recuerda, la Sala Penal revocó la cesación de detención domiciliaria que pesa contra el gobernador regional de Tacna Luis Torres, por ello, retornó a estar recluido en su domicilio y custodiado por la PNP.

Ante ello, los consejeros regionales, Juan Ramos Arocutipa, Wilver Helton Humire Mamani, Fredd Calizaya Yapura, Juliana Jungbluth Nieto y Oswaldo Tellez Paco, han solicitado al presidente del Consejo Regional de Tacna, Manuel Mori Mamani  que en la próxima sesión ordinaria se trate el pedido de que se evalué la situación legal del Gobernador Luis Ramón Torres Robledo, al habérsele revocado la resolución que declaro fundado el pedido de cesación de detención domiciliaria.

Por su parte, el constitucionalista Santos Silva, en declaraciones a Radio Positiva, recomienda al Consejo Regional “declarar la suspensión del gobernador regional, mas no aprobar el mismo porque estaría sujeto a un voto numérico, cuando la decisión se basa en lo factico; incuestionable”, señaló.

Silva, citó al art. 31, numeral 2, de La Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece en estos casos que el Consejo Regional debe suspender en el cargo al gobernador que por mandato judicial cumple un arresto, debiendo asumir funciones la Vice Gobernadora.

Artículo 31.- Suspensión del cargo El cargo de Presidente, Vicepresidente y Consejero se suspende por:

1. Incapacidad física o mental temporal, acreditada por el organismo competente y declarada por el Consejo Regional.

2. Mandato firme de detención derivado de un proceso penal.

3. Sentencia judicial condenatoria emitida en segunda instancia por delito doloso con pena privativa de la libertad.

El constitucionalista, señala que los cargos públicos son a dedicación exclusiva porque tienen que estar presente y cumplir sus funciones. Asimismo, Silva, sostiene que, Liliana Velasco debió ocupar el cargo desde el momento de la resolución emitida por la Sala Penal.

Por otro lado, si funcionarios hubieran aprobado la modalidad de teletrabajo, se estaría desnaturalizando la ley del mismo nombre, pues a partir del 1 de enero del 2023 llegó a su fin, ya que el Gobierno no ha prorrogado su vigencia.

 “Me preocupa que no se ponga en práctica el sentido de la lógica de la razonabilidad. Ha afectado a derechos de la ciudadanía porque ha vulnerado derechos constitucionales. No tiene por qué ejercer el cargo de gobernador”, finalizó, Silva.

Tacna